Conil renueva su declaración como Municipio Turístico tras acreditar su adaptación a la nueva regulación

El Ayuntamiento de Conil ha acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 72/2017 de Municipio Turístico de Andalucía, que modificaba la anterior regulación sobre dicha declaración, por la que Conil fue declarado en 2006.

Este nuevo Decreto, que modifica el 158/2002, establecía la necesidad de los Municipios Turísticos declarados de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la citada norma, acreditación que ha presentado el Ayuntamiento de Conil y que ha dado pie a la renovación de la declaración.

 Entre los requisitos exigidos se recoge la necesidad de acreditar la población turística asistida referidos a pernoctaciones en establecimientos turísticos, que debe superar los límites inferiores establecidos en el decreto, la existencia de un Plan de Calidad Turística, una oferta turística con entidad suficiente que se base en recursos patrimoniales, naturales, culturales, etnográficos, deportivos y de ocio, así como las infraestructuras necesarias y accesibles para atender a los/as turistas, además de una memoria explicativa sobre los servicios municipales afectados por la afluencia de turistas.

A estos requisitos, de carácter obligatorio, se le suman los que se establecen como elementos de valoración, un total de 17, y de los que el Ayuntamiento de Conil ha acreditado el cumplimiento de 16, es decir, la totalidad de los mismos salvo la acreditación de la Declaración de Zona de Afluencia Turística, ya que el Ayuntamiento de Conil ha renunciado a presentar, como se ha expresado por el alcalde Juan Bermúdez, en numerosas ocasiones, por su implicación negativa sobre el pequeño comercio de proximidad.

La totalidad de los servicios implicados han tenido que presentar memorias, valoraciones, certificaciones, etc, que ha generado cerca de 80 documentos que han sido aportados para lograr la renovación.

El alcalde de Conil ha valorado positivamente “la implicación de todo el personal municipal para la realización de un dossier que contemplaba descripción de actuaciones y aspectos tales como las necesidades de los servicios públicos, la protección urbanística, la del medio natural, paisajística, la relación de bienes protegidos, la memoria de la oferta turística, la accesibilidad de servicios turísticos, la mejora de la accesibilidad en la población, la movilidad sostenible, los servicios públicos con competencias en satisfacción de las necesidades del turista,  la atención al consumidor,la perspectiva de género, la calidad acreditada de los servicios, la existencia de un Plan Estratégico, etc. El haber podido acreditar también la práctica totalidad de los elementos a valorar, y no solo de los requisitos mínimos, sin duda habla de la consistencia y coherencia de nuestra oferta turística que nos permite dar satisfacción a las necesidades de las personas que nos visitan y ocupar el puesto que ocupamos entre los destinos turísticos de Andalucía”.

Un total de 18 municipios andaluces han accedido a esta declaración, que permite a la Junta emplear mecanismos de compensación del mayor esfuerzo económico que realizan los Municipios Turísticos en la prestación de los servicios, y deberá considerarlos de forma prioritaria en las acciones de ordenación y fomento de sus planes económicos, así como reforzar la colaboración con estos a través de convenios u otro tipo de colaboración administrativa y mencionar su condición de Municipio Turístico de Andalucía en cuantas acciones de promoción turística se lleven a cabo sobre dicho municipio.